Simulación fiscal

El uso de facturas apócrifas es un acto se simulación fiscal, se equipara a defraudación fiscal. Para ello la autoridad mejoro sus sistemas, independientemente del CFDI en existencia, el SAT podrá rechazar deducciones en relación con la “razón de negocios” y “materialidad”.

Razón de Negocios

  • Contratos.- De preferencia lo más relevante y protocolizados ante fedatario público.
  • Pago.- Por medio electrónico
  • Entregables.- Que el compromiso conste en el contrato

Materialidad

  • Cotizaciones
  • Registro de asistencia o entrada
  • Fotos en las reuniones
  • Datos de los proveedores de servicios
  • Bitácoras de trabajo a realizar y del avance mismo
  • Fotografías de las instalaciones

El emisor tiene 15 días hábiles para demostrar que no es un acto de simulación fiscal y el receptor tiene 30 días para que demuestre la razón de negocios y la materialidad (a este no se le notifica).

El SAT público en el Diario Oficial de la Federación la lista negra (Art. 69-B CFF)

¡No corras riesgos y efectúa estrategias fiscales para tus cierres de ejercicio!

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