¿Te casas?
Recuerda que puedes solicitar un apoyo para los gastos de matrimonio al IMSS, dicho apoyo consiste en lo siguiente:
Es la prestación en dinero a la que tiene derecho el asegurado, por una sola vez, que contrae matrimonio civil. Dicha prestación se financia con los recursos de la cuenta individual del asegurado, cuyo importe de cálculo se determina considerando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a la fecha de celebración del matrimonio civil por 30 días.
Para poder solicitar dicho apoyo es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Tener acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas ante el Instituto en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha de la celebración del matrimonio.
- No haber ejercido este derecho con anterioridad.
- En caso de haber registrado a otro cónyuge como beneficiario acreditar la disolución del vínculo matrimonial, o bien, o el fallecimiento de éste.
- Que cualquiera de los cónyuges (el solicitante o con quien haya contraído matrimonio), no haya sido registrado con anterioridad en el Instituto con esa calidad.
- Estar vigente como asegurado. En caso de haber dejado de pertenecer al Régimen Obligatorio podrá solicitar la prestación, si el matrimonio se contrae dentro de los 90 días hábiles contados a partir de su baja.
- Que el matrimonio civil se haya celebrado con posterioridad al 30 de junio de 1997.
Si tienes dudas acércate a nuestro equipo de asesores, estamos listos para apoyarte