Estimado empresario, te queremos compartir los puntos mas importantes relacionados con la reciente reforma laboral. Recuerda que, para mayor información, nos encontramos a tus órdenes en cualquiera de nuestros medios de contacto.
- Se extingue la figura de “Juntas de Conciliación y Arbitraje” Locales y Federales, por dar pasó a las dos siguientes figuras legales.
- Centro federal de conciliación y registro laboral: organismo facultado para la conciliación entre colaborador /patrón, sindicatos/ patrones o entre sindicatos. En este organismo se registrarán todos los contratos colectivos, reglamentos interiores de trabajo y alta de nuevos sindicatos.
- Tribunales en materia laboral: Impartirá justicia en litigios laborales.
Cambios al sector agrícola / Trabajadores Domésticos
Se crea la obligación de llevar a cabo un a padrón de registro especial de trabajadores de temporada, para el caso de jornaleros agrícolas, con el fin de establecer un histórico de antigüedad del empleado frente al empleador.
En tema de trabajadores domésticos, existe la obligación de que el empleador registre a su personal ante el IMSS.
Sindicatos, Confederaciones y Federaciones.
Se modifican los artículos de la Ley Federal del trabajo, para permitir una mayor libertad para el registro y operación de Sindicatos, Confederaciones y Federaciones.
Las directivas sindicales no podrán ser perpetuas, y tienen mayores regulaciones y requisitos para su elección (la cual será por votación libre, directa y secreta).
Fecha de inicio de vigencia
La reforma entró en vigor el pasado 2 de mayo de 2019, sin embargo, muchas de las figuras que en ellas se establecen, tienen periodos de transición para su real ejecución.
Si tienes alguna consulta en especial, acércate a SCE Fiscal, estamos para servirte