Resulta común que el SAT en el ejercicio de sus facultades requiera pago de ISR por cada uno de los depósitos recibidos en nuestras cuentas bancarias, regularmente recibidos por donativos de familiares o préstamos que se nos fueron concedidos, para evitar que el SAT nos tome desprevenidos y nos exija el pago de impuestos por ello, debes tomar las siguientes precauciones:
1.- Realizar un contrato de mutuo (préstamo) el cual por reforma 2020 debe adquirir “fecha cierta”, adquiriendo Adquieren dicha calidad mediante tres formas:
- Se inscriba en un Registro Público de la Propiedad;
- Se presente ante un fedatario público y;
- A partir de la muerte de cualquiera de los firmantes.
2.- Si te notifican, llevarlo para aclaración.
3.- Siendo un documento completamente valido para un juicio.
4.- Como empresa realizar el registro contable correcto y que coincida con los depósitos.
Como dato importante para préstamos menores a $5,000.00 no es necesario plasmarlo en un contrato escrito, basta con realizarlo de manera verbal.
¡Ten en cuenta esto si recibes depósitos bancarios para evitar problemas o impuestos a pagar con el SAT!