Amigo empresario, para terminar la semana, te platicamos los días de descanso obligatorios de acuerdo al articulo 74 de LFT.
Dicho articulo establece los siguientes días como descanso obligatorio:
•El 1o. de enero;
•El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
•El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
•El 1o. de mayo;
•El 16 de septiembre;
•El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
•El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
•El 25 de diciembre
•El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Por ello recuerda que este lunes es día de descanso obligatorio
Si tienes alguna duda, ¡acércate a nosotros, estamos para asesorarte!