El uso de facturas apócrifas es un acto se simulación fiscal, se equipara a defraudación fiscal. Para ello la autoridad mejoro sus sistemas, independientemente del CFDI en existencia, el SAT podrá rechazar deducciones en relación con la “razón de negocios” y “materialidad”.
Razón de Negocios
- Contratos.- De preferencia lo más relevante y protocolizados ante fedatario público.
- Pago.- Por medio electrónico
- Entregables.- Que el compromiso conste en el contrato
Materialidad
- Cotizaciones
- Registro de asistencia o entrada
- Fotos en las reuniones
- Datos de los proveedores de servicios
- Bitácoras de trabajo a realizar y del avance mismo
- Fotografías de las instalaciones
El emisor tiene 15 días hábiles para demostrar que no es un acto de simulación fiscal y el receptor tiene 30 días para que demuestre la razón de negocios y la materialidad (a este no se le notifica).
El SAT público en el Diario Oficial de la Federación la lista negra (Art. 69-B CFF)
¡No corras riesgos y efectúa estrategias fiscales para tus cierres de ejercicio!